La Desocupación - 5ª parte

MARCO INFORMAL

 2) El FALLIDO o MALOGRADO – inciso 1º

Es el dueño de una PYME u otro tipo de entidad que ha quebrado provocando la pérdida de su empresa y por ende de sus beneficios y la desocupación de su plantilla.

Es la situación en la que un comerciante cesa su actividad al no tener liquidez para pagar sus deudas.

Aquella persona que se declara en quiebra se denomina "quebrado" o "fallido".

Cuando se declara legalmente una quiebra, la empresa va a concurso de acreedores (o proceso concursal)
donde se examina si el patrimonio del quebrado puede liquidarse con la intención de hacer frente a sus obligaciones.

La normativa vigente hasta el 1 de septiembre de 2004 respondía a una cierta “criminalización” de las situaciones de Insolvencia en el ámbito mercantil.

Entendiendo que obedecían a una conducta enteramente imputable al empresario y teñida de negligencia por su   parte, los acaecido; cuando no de graves irregularidades y actuaciones fraudulentas en perjuicio de terceros, fundamentalmente de sus acreedores.
   
En coherencia con este planteamiento, de la legislación hoy derogada resultaban toda una serie de efectos de
carácter represivo con relación al deudor

El incurso en situación de insolvencia, era castigado severamente en el seno del  antiguo procedimiento de quiebra.

De entre todos ellos, resultaba especialmente gravoso, el de la inhabilitación para la administración de sus bienes, sin olvidar que el quebrado podía incluso llegar a sufrir privación de su libertad personal, a través de arresto domiciliario

Y, por tanto, resultaba inhabilitado para la continuación de su actividad, así como para el ejercicio de cualquier clase de  actividad mercantil, ni siquiera a través de un representante.

La inhabilitación del quebrado se entendía con relación al deudor persona física, en el caso de que el quebrado fuere un empresario individual, o a los administradores de la respectiva entidad mercantil, si lo fuere un empresario social.
 
La Ley concursal nº: 22/2003, llevó a cabo, con carácter general, una atenuación de los efectos de la declaración de concurso con relación al deudor.

Así como una práctica supresión de los efectos represivos que habían venido históricamente asociados a este tipo de procedimientos.

El objetivo consiste en desterrar la “criminalización” de aquel empresario que atraviesa una situación de insolvencia.

Tratando no tanto de castigar de forma severa, y con ánimo de ejemplaridad, la concurrrencia de una situación no imputable exclusivamente -en la mayoría de las ocasiones- al propio empresario; si no, fundamentalmente, intentando que los acreedores vean satisfechos sus créditos y, en la medida en que sea compatible con tal objetivo, que la empresa concursada pueda superar dicha situación y continuar su actividad.

La Desocupación - 4ª parte

MARCO INFORMAL
 
 1) El DESEMPLEADO

El parado ó aparcado (quien lleva tanto tiempo desocupado que ha decidido dejarse estar); es aquel que no tiene relación de dependencia y cuenta con el único e hipotético ingreso de un subsidio por desempleo de vigencia finita.

Vivimos en una  “burbuja de cinismo colectivo” que impide el análisis riguroso de los efectos sociales del paro e incluso de cómo encontrar soluciones Para que se alivia el sufrimiento de sus víctimas.

Ese cinismo consiste en denunciar que hay abusos en los subsidios, y mantener al mismo tiempo que la mayor desgracia de una persona es perder su puesto de trabajo.

Para ejemplificar la terrible experiencia de pasar a engrosar esta larga lista de seres humanos, transcribimos lo que siente una persona ante este trance:

“Soy una persona recién entrado en los cuarenta, y desde el día de la fecha estoy  "parado".

Hoy me han comunicado la noticia, y estoy en un estado de shock ya que llevo 21 años en el oficio y nunca he estado a este lado de la frontera.

Porque esa es la sensación que acabo de tener, de traspaso de una barrera que la creía lejana, y a la que me enfrento con vértigo, rabia, frustración, algo de pesar, y sobre todo un primer momento de ¿vergüenza?.

Si vergüenza, como si yo tuviese la culpa y tuviera que explicarme ante todo y ante todos, especialmente ante mi familia.

Y es que si con la crisis de las subprime oíamos un ruido a lo lejos como de estampida, con los inicios de la crisis financiera en USA empezamos a ver un punto en el horizonte seguido de un gran telón de polvo de fondo.

Ahora tengo la sensación de que en esta economía globalizada nos están pasando los toros por encima y...

No sé lo que le sucede al resto del mundo, pero a mí me acaban de ¡¡ arrasar !!”.
 

La Desocupación - 3ª parte

  MARCO FORMAL

 2) El PROPIETARIO

Es el dueño de una PYME u otro tipo de entidad que, con la venta de sus productos o servicios genera puestos de trabajo y beneficios para sí mismo.
     
La mayoría de las  pequeñas y medianas empresas “PYMEs”, se encuentran en el sector servicios, y junto con las grandes companías y multinacionales forman la casi totalidad de las empresas de cualquier país.

Las microempresas y las pequeñas y medianas empresas (PYME) son el motor de la economía europea.

Constituyen una fuente fundamental de puestos de trabajo, generan espíritu empresarial e innovación en la UE y, por ello, son vitales para promover la competitividad y el empleo.  

La definición de PYME, que entró en vigor el 1 de enero de 2005, representa un gran paso hacia la consecución de un mejor entorno económico para las PYME y se propone fomentar el espíritu empresarial, las inversiones y el crecimiento.

Para elaborar esta definición se ha procedido a realizar una amplia consulta a las partes interesadas, lo que ha puesto de manifiesto que es vital escuchar a las PYME para la correcta realización de los objetivos de Lisboa.

El derecho de propiedad es el más completo que se puede tener sobre una cosa. La propiedad se halla sometida a la voluntad, exclusividad y a la acción de su propietario, sin más límites que los que marca la Ley o los provocados por "la concurrencia de varios derechos incompatibles en su ilimitado ejercicio".

No obstante, el reconocimiento de que la propiedad, como institución, está orientada a una función social, implica que en la actualidad existan limitaciones intrínsecas o inherentes al derecho. Así como obligaciones que se derivan de la propiedad en sí.

La Desocupación - 2ª parte

MARCO FORMAL

 1)  El ASALARIADO
    
El empleado está en relación de dependencia laboral por medio de la nómina que recibe de una empresa o entidad donde trabaja.

Este es un término descripto en la Ley de contrato de trabajo y se trata de una relación que tenga dependencia económica, jurídica y laboral.

Es decir que el empleador te pague el sueldo, sea quien te da las directivas y sanciones este dentro del ámbito de alguno de los contratos establecidos en la ley y que dicha relación sea laboral.

A cambio de los sueldos o salarios pagados, el producto del trabajo se convierte por lo general en propiedad del empleador.

Excepto en casos especiales tales como la propiedad de patentes de propiedad intelectual, donde los reconocimientos de patentes son por lo general asignados a la persona inventora original.

Un trabajador asalariado es una persona cuyo medio principal de ingresos es la venta de su esfuerzo.

En la actualidad es la forma predominante de empleo en las economías mixtas modernas tales como las de los países de la OECD.

Cuando se habla de salario, la norma se refiere a la remuneración propia de un Contrato de trabajo reglamentario, es decir, según los términos del código sustantivo del trabajo.

Por tal razón, es  “absolutamente indispensable”  la existencia de una relación laboral.

No es posible que una persona vinculada mediante Contrato de servicios se pueda clasificar como asalariado.

La Desocupación - 1ª parte


 La Actualidad a octubre del 2012

Haremos a modo de introducción una descripción de cómo se encuentra discriminada la ocupación laboral en nuestros días.

El actual sistema laboral está básicamente polarizado entre:

 I) Los que participan de los bienes económicos a través de su empleo o de su participación en las ganancias de una PYME o cualquier otro tipo de entidad que le garantice un ingreso de dinero.

 II) Aquellos que están marginados del marco económico formal como son los: parados, aparcados y/o quebrados.

  
La Polarización económica

A través de la historia las personas han tratado de organizarse en diferentes tipos de sociedades:

*      hombres libres y esclavos,
*      patricios y la plebe,
*      señores feudales y siervos,
*      maestros de corporaciones y oficiales
*      capital y proletariado.

Este conflicto sólo puede resolverse, según los teóricos, cuando se llegue a una sociedad sin clases y sin que ello suponga la desaparición del proceso y el progreso históricos-

En nuestros días esta  “lucha de clases”  produce entonces una  polarización 

que es el proceso por el cual la economía se divide en extremos opuestos conformando dos marcos económicos distintos y opuestos:




Prueba